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Seguridad

Ordenes de Amparo

La ley ofrece la protección de una orden de amparo temporal a víctimas de violencia doméstica aunque el abusador no haya sido arrestado o procesado. La orden es gratis, y la víctima no necesita un abogado para conseguir una aunque se recomienda un abogado si el abusador reta o protesta contra la orden de amparo.

La persona (víctima) quien solicita una orden de amparo temporal se llama "demandante"; la persona (abusador) a quien restringe la orden se llama "demandado."

Una orden de amparo puede:

  • Requerir que el abusador deje de abusar, amenazar, o interferir con la víctima y con los niños en su custodia;

  • Prohibir que el abusador entre al hogar, escuela, lugar de negocio, u otro lugar específico donde esté la víctima;

  • Ordenar que el abusador se salga de la casa si la víctima es la dueña de toda o parte de ésta;

  • Requerir que la policía esté en guardia mientras la persona que se va del hogar recoge sus pertenencias personales;

  • Dar a la víctima custodia legal temporal de los niños si los niños están en su custodia fisica, o si no lo están, permitirle el derecho a visitarlos.

La orden de amparo temporal está disponible en todo condado de Oregon. Una vez concedida, es efectiva a través de todo el estado por un año, a menos que la demandante quiera revocar la orden o renovarla.

La policía tiene que poner en vigor una orden de amparo. Un abusador que viola la orden de amparo puede ser encarcelado hasta seis meses y multado hasta $300. Generalmente, el temor de arresto hace que la mayoría de los abusadores respeten la orden. Pero una orden de amparo temporal no es garantía de seguridad para la víctima del abusador.

Una mujer es elegible para conseguir una orden de amparo si llena los siguientes requisitos:

  • Si fue víctima del abuso dentro de los últimos seis meses

  • O si fue víctima del abuso hace más de seis meses y el abusador ha estado en prisión o cárcel

  • O si fue victima del abuso más de seis meses, y el abusador ha vivido a más de 100 millas de ella en los últimos seis meses

    Y

  • El abuso fue daño corporal

  • O atentado a daño corporal

  • O una seria amenaza de inmediato serio daño corporal

  • O abuso sexual

  • O violación

    Y

  • Sea, es la esposa

  • O ex-esposa del abusador

  • O pariente del abusador

  • O está en una relación sexual íntima con el abusador

  • O es la madre biológica de un niño menor del abusador

    Y

  • Es mayor de 18 años

  • O "emancipada" (una acción legal) si es menor de 18

  • O menor de 18 y casada con el abusador quien tiene 18 años o más

  • O sexualmente íntima con el abusador quien tiene 18 años

La corte tendrá una audiencia, el día que la demandante solicita la orden de amparo, o el próximo día, que este abierto la corte. Si el juez decide que has cumplido las normas legales para una orden de amparo, el juez distribuirá la orden de amparo al mismo tiempo de la audiencia.

La orden de amparo es efectiva legalmente tan pronto como la corte la conceda; sin embargo, no puede ser efectiva en sentido práctico hasta que el abusador sepa que existe. Un representante de la ley u otra persona calificada tiene que entregar al demandado una copia de la orden. Después de que el demandado la recibe, tiene 30 días para pedir una audiencia, la cual debe tenerse dentro de los primeros 21 días de esa solicitud.

El juez puede cambiar o cancelar la orden de amparo basado en la información recibida en la audiencia. Cambios en derechos de custodia o visita pueden ser solicitados en cualquier tiempo mientras la orden está en efecto.

Si la víctima y el abusador se divorcian después, y las provisiones del decreto de divorcio son diferentes a la orden de amparo, el decreto de divorcio tomará precedencia.

Favor de notar: Hay circunstancias dónde es importante que usted considere si una orden de amparo sería la mejor opción. Esto es especialmente verdad cuando usted está considerando mudarse fuera del área y asuntos de visitas de niño estan implicados. Recomendamos que usted llame al programa local del refugio de mujeres y converse con alguien respecto a su situación.

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Julio 2007 © Mid-Valley Women's Crisis Service


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